El Tribunal Supremo ,  en su sentencia de 17 de diciembre de 2.013 determinó que el informe psicosocial no es de ineludible cumplimiento y el informe del Ministerio Fiscal ha dejado de tener que ser favorable por STC 185/2912 de 17 de octubre de 2.012,

y además no es vinculante y corresponde solo a los jueces resolver favorablemente a la custodia compartida solo cuando quede demostrado que es beneficiosa para el menor, sin que tampoco la mala relación entre los progenitores supongan un obstáculo insalvable para su concesión siempre que aquella no perjudique a los menores.

Letrado.-Carlos Paredes López